Parte general del Derecho canónico. Normas, actos, personas
EUNSA
Pamplona 2022
Nos encontramos con una buena obra de derecho canónico que nos va a introducir en una de las partes más importantes del mismo, como es la parte administrativa. Si bien es cierto que el autor desde el principio quiere dejar claro que no nos enfrentamos con un manual para las clases sino más bien con un tratado que nos ayude a profundizar en la temática, no es menos cierto que ya manual o tratado en un libro de necesario recurso para los profesionales y para aquellos que empiezan a estudiar derecho canónico.
Para ello, la estructura del libro muestra la experiencia de profesor que el autor tiene, de ahí la necesidad de que los dos primeros capítulos sean dedicados a aclarar que entendemos por ordenamiento jurídico y la norma jurídica. Para comprender el resto del contenido de la obra se hace necesario tener claros estos conceptos.
Tras ello, se inicia el estudio de esta parte general desde el paso de explicar la noción de ley canónica. En la estructura de este capítulo destacar, una definición de lo que se debe entender por ley, la dificultad de entender el concepto civil y trasladarlo directamente al ordenamiento canónico, pero sobre todo muy interesante y necesario como señala, una jerarquía de las normas canónicas, diferenciando lo que sería una jerarquía subjetiva y formal.
Una vez aclarado el concepto de la ley canónica el siguiente paso es a quién se aplica esa ley, las personas obligadas a la misma y sobre todo el objeto al que se aplica, y aquí entra un elemento que en otro tipo de legislaciones no está presente, como es el ámbito espiritual.
Brevemente, pero muy didácticamente ofrece lo que significa la remisión al ordenamiento civil, que no es una canonización de la ley civil, lo que significaría que dicho ordenamiento civil regularía sobre un supuesto de hecho propio, sino la observancia que dicho ordenamiento hace de una norma en su propio ordenamiento y que por semejanzas se puede aplicar en el ordenamiento eclesial.
Los capítulos posteriores dedicados a la ley canónica, parte de la promulgación los sujetos que la pueden promulgar y a quién va dirigida y por supuesto la cesación de la misma, las leyes no son eternas, sino que hay realidades que hacen que pierdan su fuerza, su razón de ser y necesiten de una modificación o su abrogación total.
Los capítulos dedicados a los efectos de la ley y su interpretación se convierten en elementos clarificados de como esa ley se aplica, e lugares, personas y tiempos, así como la interpretación de la misma y quienes son los que pueden hacer una interpretación válida de dicha interpretación. Aquí es donde la “duda de hecho” y la “duda de derecho” adquieren importancia y la necesidad de ser aclarados los conceptos para no confundirlos con la ignorancia y el error.
El capítulo dedicado a la suplencia de la ley y sobre todo las lagunas normativas que como señala el autor es el silencio de la ley para resolver una causa que ofrece la fenomenología del derecho de la Iglesia. Los medios de suplencia serían cinco, como todos sabemos, lo bueno de este tratado es que nos lo presenta en orden de importancia lo cual muestra el camino que debemos recorrer para buscar solución a casos que no encontramos legislados, de tal forma que indirectamente el autor nos invita a buscar en primer lugar en las leyes aquellas que se hayan dado para casos semejantes, para después profundizar en los principio generales del derecho y llegar a la jurisprudencia de la curia romana, para último término recurrir a la reflexión de los doctores donde incluye la tradición canónica.
Y aquí entra el capítulo dedicado a la costumbre, y que tanta importancia tiene en el desarrollo de la legislación, su aplicación y a la hora del estudio saber cómo afrontarla y sobre todo cómo aplicar la costumbre con carácter de ley y su cese.
Pasa el autor en el siguiente bloque de capítulos a desarrollar el “acto jurídico” resaltando por un lado la importancia de la estructura de dicho acto que nos lleva a entender y desarrollar la forma y la formalidad necesaria para su actuación. Tras ello nos hablará de las categorías que debemos usar para evaluar la eficacia de dichos actos y señalar las diversas causas para hablar de la nulidad de los mismos, que no debemos olvidar que siempre hay que recurrir a la frase, si no se dice lo contrario en el desarrollo de los cánones, como es la influencia del miedo en la validez de los actos.
Termina la obra con unos capítulos breves pero importantes dentro del ordenamiento canónico como son la subjetividad del mismo, con el desarrollo del sujeto del derecho y las diferencias con otros ordenamientos canónicos. Importante la condición canónica del fiel que nos lleva a los derechos y obligaciones del mismo y su capacidad de obrar. Alguno podría pensar que este capítulo está desfasado con los nuevos documentos emanados de la máxima autoridad, pero se equivoca, ya que el ordenamiento canónico no es una imposición que coarta la acción del fiel sino una defensa a esa libertad de actuación y la observancia de los derechos y obligaciones que todo bautizado tiene dentro de la Iglesia.
Tras ello la importancia de los fundamentos de. La personalidad jurídica que parte de su situación histórica para desarrollar la tipología de la misma que ayuda a la comprensión de lo que es y la necesidad de su forma de actuación y sobre todo como adquiere dicha personalidad con sus determinadas peculiaridades. Para ello la necesidad de los Estatutos que defienden a la institución que ha adquirido dicha personalidad jurídica ante la intromisión de terceras personas, pero un olvidar que esos estatutos y la adquisición dela personalidad lo otorga la autoridad eclesial oportuna en función de la misión que vaya a desarrollar.
En definitiva, una obra necesaria para el estudio de la parte general del Derecho canónico que puede parecer la más ardua en su estudio y que sin embargo si se estudia con una buena base como la que nos presenta el auto en este tratado nos ayuda a su comprensión y a la aplicación de todo el ordenamiento canónico. Recordamos lo dicho al principio de esta reseña, nos enfrentamos con un tratado, no es un manual, pero perfectamente se podría hablar de manual ya que es un libro que se debe usar continuamente para la comprensión de los actos jurídicos en nuestro ordenamiento canónico.